Especificación (derecho)En derecho, se llama especificación a la formación de una nueva especie con materia ajena o bien una manera de accesión que nos hace propietarios de una obra hecha con materia que pertenece a otro. La obra el cuerpo o la cosa que resulta de la especificación, ¿pertenece al dueño de la materia, o al que ha hecho la especie? Esta cuestión tuvo divididas las opiniones de los jurisconsultos entre los romanos.
Justiniano por fin sancionó la doctrina de los erciscundos, y después la adoptaron nuestras leyes. La cosa, pues, que uno hiciere con materia ajena o puede reducirse a su anterior estado o no: en el primer caso, se adjudica al dueño de la materia y así será tuyo el vaso que hice de tu plata: en el segundo al que formó la especie y así será mío el vino que hice de tus uvas si fue con buena fe. Mas en ambos casos debe el dueño de la nueva especie pagar al otro o el valor de la filatería que perdió o las expensas que hizo formando la especie con buena fe, pero no si la hubiese tenido mala. Ley 30\ tit. 28, Part. 3, Referencias
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