Ley sobre represión de la masonería y del comunismo
La Ley sobre represión de la masonería y del comunismo fue una norma legal de España promulgada por Francisco Franco, como jefe del Estado, el 1 de marzo de 1940. La ley se encuadra dentro del entramado franquista de represión tras el final de la guerra civil.[1][2] Fundamento jurídicoEsta disposición junto con la previa Ley de Responsabilidades Políticas (1939) constituyeron la base legislativa fundamental sobre la que se desarrolló la represión franquista contra el republicanismo. Uno de los elementos más destacados y criticados de esta Ley y del conjunto de normas represivas del primer franquismo fue el carácter retroactivo de la misma ya que juzgaba como delitos hechos que eran legales cuando se produjeron, lo que viola el principio de la irretroactividad penal, uno de los principios fundamentales del derecho penal. ContenidoDe acuerdo con la ley, constituía delito el pertenecer a la masonería, al comunismo y demás sociedades clandestinas a que se refería la propia ley (artículo 1). Consideraba masones a todos los que hubieran ingresado en la masonería y no hubieran sido expulsados o no se hubieran dado de baja de la misma. A los efectos de la Ley se consideraban comunistas los inductores, dirigentes y activos colaboradores de la tarea o propaganda soviética, trotskistas o similares (artículo 4). Castigaba también la ley toda propaganda que exaltase los principios o los beneficios de la masonería o del comunismo o difundiera ideas disolventes contra la Religión, la Patria y sus instituciones fundamentales para las cuales preveía la supresión de los periódicos que la patrocinasen, incautación de sus bienes y pena de reclusión mayor para los culpables, y de reclusión menor para los cooperadores. Disueltas las indicadas organizaciones, que quedan prohibidas, sus bienes se declaran confiscados y se ponían a disposición de la jurisdicción de responsabilidades políticas. Como castigo se preveía la separación definitiva del cualquier cargo del Estado, corporaciones públicas y de cualquier entidad pública así como de los consejos de administración y de la dirección de empresas privadas. Igualmente serían sometidos adicionalmente a la imposición de sanciones de carácter económico de acuerdo con la Ley de Responsabilidades Políticas. Declaración retractaciónLa ley establecía la obligación de los que hubieran pertenecido a la masonería o al comunismo de formular una declaración retractación en el plazo de dos meses tras la entrada en vigor de la ley (artículo 7) conforme al modelo que se estableció en la La Orden de la Presidencia del Gobierno de 30 de marzo de 1940 y que contenía:[3]
CanónigaA la citada retractación se debía añadir una declaración de fe católica debidamente firmada. Estas retractaciones canónigas existieron al principio de la posguerra, se unían en algunos casos al expediente y con algunas variaciones era la siguiente:[4][5]
Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el ComunismoPara juzgar estos delitos, la ley estipuló la creación de un tribunal especial, el Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo que perduró hasta 1963. Para los casos de militares profesionales de categoría igual o superior a la de oficial eran competentes los tribunales de honor. Según el artículo 12 la composición del Tribunal era un presidente, un general del Ejército, un jefe de Falange y dos letrados, todos ellos nombrados por el jefe del Estado (Francisco Franco). Véase también
Referencias
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